A partir de Descartes ha ido evolucionando una corriente de pensamiento que ha situado la condición de persona en la voluntad, la razón y la libertad desnudas, es decir, en la parte espiritual del hombre. Esta corriente se ha ido radicalizando hasta el punto de negar cualquier significación a la parte corporal, que se comprende como algo extraño a la persona, con la que se puede hacer lo que se quiera según los deseos del espíritu. Por el contrario, otra corriente, en la convicción de que el cuerpo humano es portador de un mensaje ético que conviene atender, ha insistido en la unidad inescindible de cuerpo y espíritu y considera que la condición de persona reside en una razón, una voluntad y una libertad capaces de interpretar ese mensaje del cuerpo que invita a conducirse en la vida conforme a ese todo que forma la persona y no obedeciendo solo a una de sus dimensiones.

La primera doctrina justifica el suicidio y la muerte programada (mi cuerpo no soy yo, sino algo, una cosa que poseo y con la que hago lo que quiero) y niega la condición sexuada del ser humano (es mi yo espiritual quien decide el género que impondrá al cuerpo que posee). La segunda tesis opta por la vida en cualquier circunstancia (el instinto de conservación, que procede del cuerpo, me indica que he de luchar por mantenerme en la vida) y afirma la condición sexuada del hombre y la mujer (mi naturaleza corporal muestra una complementariedad biológica que he de procurar integrar en mi espíritu). Naturalmente, ambas aceptan que hay casos problemáticos que generan dilemas morales de difícil solución y que hay un amplio ámbito de ejercicio de la libertad personal que pertenece al terreno de lo moral y no de lo legal.

La primera corriente parece haberse instaurado, y normativizado, en nuestro país de manera acrítica como pensamiento dominante. Se ha impuesto una suerte de dictadura ambiental que impide discrepar. Se han aprobado leyes en distintas Comunidades Autónomas de distinto signo político (Galicia, Catalunya, Madrid…) que mutilan la libertad, sancionan la discrepancia, obligan al estado a tomar partido por una ideología concreta -la denominada LGTBI, por ejemplo, imponiendo colocar en los edificios oficiales la bandera arcoíris en los días de celebración del orgullo gay-, imponen el adoctrinamiento infantil sin contar con la opinión de los padres, etc. Algunas de las ideologías del siglo XX que tantos sufrimientos causaron empezaron con medidas de este estilo, en una connivencia y confusión entre ideología, estado y democracia que intentó zanjar la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.

Y todo ello se está edificando sobre la base de un constructo intelectual altamente problemático: la llamada ‘disforia de género’. Este palabro, ‘disforia’, procedente de la Psicología y que todavía no recoge el diccionario de la RAE, es el antónimo de ‘euforia’ y significa ‘emoción desagradable o molesta, como la tristeza, ansiedad, irritabilidad o inquietud’.

En algunas de las leyes comentadas se recoge el derecho de quien sienta ‘disforia de género’ a exigir, sin más comprobación, que le dejen acceder a baños e instalaciones tradicionalmente reservadas para uno de los antiguos sexos (varón o mujer), al tiempo que se prohíbe (con las sanciones oportunas) a todo profesional de la psiquiatría o psicología realizar tratamientos que la ley, con gran carga ideológica, tilda de ‘aversión o conversión de género’. Es decir, un ciudadano puede estar incómodo (disfórico) con su sexo y exigir un cambio de sexo (por supuesto, las leyes establecen el deber del estado de cubrir estas operaciones), pero no puede estar ‘disfórico’ con su tendencia u orientación sexual y acudir a un tratamiento psicológico que le ayude a conciliarla con su sexo.

La conclusión es inevitable. Ahora que parece haberse descubierto la fuerza de la ‘disforia’ en la configuración personal, ¿por qué detenerse en el denominado género? Me pregunto: ¿puede un hombre que mide 1,60 estar disfórico con lo que su cuerpo le indica acerca de su altura y exigir que le cuenten como de 1,65, talla mínima para acceder a algunos cuerpos de seguridad del estado? ¿O alguien sentir ‘disforia de edad’ y exigir que le tengan por un niño de 7 años para entrar gratis a los museos o volver a ser penalmente inimputable? ¿Puede un ciudadano sentir ‘disforia de actividad’ -lo que antes se llamaba pereza- y exigir que le paguen el doble que a los demás porque eso, el doble, es lo que le cuesta a él ponerse a trabajar? ¿Dónde está el límite? ¿Quién lo decide? Y, lo más importante, si me doy cuenta de que algunas de estas disforias no me convienen y pienso que es mejor acomodar la vivencia de mi espíritu a lo que mi cuerpo me muestra, ¿no tengo la libertad para hacerlo? ¿No puede un psicólogo ayudarme a descubrir que es mejor la diligencia que la pereza, aunque con esta no haga daño a nadie?

“Los sueños de la razón producen monstruos”, advirtió Goya.

Introduce tu correo electrónico para suscribirte a este blog y recibir avisos de nuevas entradas.